A- de 2024
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Yaguara Mendoza Maria De Los Angeles·Demandado Empochaparral Esp
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué y el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Ibagué.
La causa de la controversia radica en demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana en contra de la Empresa de Servicios Públicos del Municipio de Chaparral, con el propósito de que se declare que entre las partes existió un contrato de trabajo a término indefinido y que se dio por terminado, unilateralmente y sin justa causa por parte de la demandada, por lo que se solicita que reconozca y pague los derechos laborales y prestaciones sociales causados a favor de la demandante.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace análisis de los precedentes de los Autos 863 de 2021, 2504 de 2023, que se ajustan al caso presente, para decidir que, la Jurisdicción Ordinaria Laboral es competente para conocer de las demandas en las que se solicita declarar la existencia de una relación laboral con una entidad pública -Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios que adoptó la calidad de empresa industrial y comercial del Estado-, cuya regla general de vinculación es la de trabajador oficial y no es posible desvirtuar prima facie dicha regla.
Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Ibagué.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué y el Juzgado
- Quinto. Administrativo del Circuito de Ibagué y DECLARAR que la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la señora María de los Ángeles Yaguara Mendoza contra la Empresa de Servicios Públicos del Municipio de Chaparral - Empochaparral ESP.
- Segundo. DEJAR sin efectos el Auto de 02 de agosto de 2022 de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué.
- Tercero. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4318 a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Quinto. Administrativo del Circuito de Ibagué.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.